Como en años anteriores, y desde el día 1 hasta el día 31 de enero de 2020, las Entidades en régimen de atribución de rentas (Comunidades de Bienes, Comunidades de propietarios, Sociedades civiles que no tributen por el Impuesto sobre Sociedades, herencias yacentes, entre otras), están obligadas a presentar el modelo 184, que deberá incluir, entre otros datos, los que se relacionan a continuación correspondientes al ejercicio de 2019:
- La información relativa a las rentas obtenidas, clasificadas en función de su tipología (del capital mobiliario, del alquiler, de actividades económicas, etc…), así como los gastos inherentes a la obtención de dichas rentas, informando sobre qué parte es imputable a cada partícipe.
- Las retenciones soportadas por la percepción de dichas rentas, indicando la renta atribuible a cada uno de los socios, herederos, comuneros o partícipes de la Entidad.
La declaración de este modelo es informativa y no supone el pago de cantidad alguna y como el ejercicio anterior, la declaración deberá presentarse por vía telemática, sin que exista la posibilidad de presentarla en papel pre-impreso. Asimismo, tengan presente que esta declaración también afecta a los arrendadores de locales de negocio que sean Comunidades de Bienes.
Por otra parte, significar que para que todos los partícipes declaren correctamente dichos rendimientos en sus respectivas declaraciones, en el mes de febrero la entidad deberá entregar un certificado a cada uno de ellos informándoles de los rendimientos y retenciones que les han sido atribuidos en el modelo 184.
En documento adjunto les remitimos impreso para que se sirvan cumplimentarlo y remitírnoslo para proceder a la presentación del modelo 184. Ver Impreso: Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas (modelo 184).
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