Como en ejercicios anteriores, las entidades en régimen de atribución de rentas (Comunidades de Bienes, Comunidades de propietarios, Sociedades civiles que no tributen por el Impuesto sobre Sociedades,   herencias yacentes, entre otras) que ejerzan una actividad económica o cuyas rentas excedan de 3.000 € anuales están obligadas a presentar cada año la información relativa a las rentas obtenidas, así como la renta atribuible a cada uno de los socios, herederos, comuneros o partícipes de la entidad (modelo 184). Como el año anterior, este modelo 184 se podrá presentar desde el día 1 de Enero al 1 de Febrero de 2021, y la declaración deberá presentarse por vía telemática, no admitiéndose la declaración en papel pre-impreso.

Las empresas o entidades que hayan obtenido rendimientos de capital mobiliario o ganancias patrimoniales, a nombre de la entidad en régimen de atribución de rentas deberán facilitárnoslos ya que desconocemos el importe percibido y sus retenciones.

Asimismo, esta declaración también deben presentarla los arrendadores de locales de negocio, que sean  Comunidad de Bienes, por lo que para poder cumplimentar dicha declaración les rogamos nos remitan los datos que solicitamos a continuación, referidos al año 2020, o, en su defecto, la documentación acreditativa de ingresos y gastos, esto es, certificados bancarios relativos al pago de la hipoteca, recibos de IBI (sigue siendo obligatorio consignar la referencia catastral de los inmuebles con rendimientos de capital inmobiliario), certificado de gastos expedido por Administración de Fincas, y en general, cualquier gasto que haya originado la finca arrendada bajo la figura de la Comunidad de bienes:

ENTIDAD:_____________________________________________________________________

CONCEPTOS IMPORTES CONCEPTOS RENDIMIENTO CAPITAL MOBIL GANANCIAS PATRIMONIALES
IMPORTE RENTAS OBTENIDAS
GASTOS PERSONAL (INCLUIDO AUTÓNOMOS)
ADQUISICIÓN BIENES Y SERVICIOS
TRIBUTOS DEDUCIBLES (INCLUIDO IBI)
GASTOS FINANCIEROS
GASTOS AMORTIZACIÓN INMUEBLES
TOTAL GASTOS
BENEFICIO FISCAL
RETENCIONES SOPORTADAS
BENEFICIO ATRIBUIBLE A CADA SOCIO
RETENCIONES ATRIBUIBLES A CADA SOCIO

 

Por todo ello, les rogamos nos remitan la información requerida, antes del 20 de Enero de 2021, quedando a su disposición para cualquier aclaración, a través del tel. 934590152, Sres. Andrés Clavería o Pere Andreo.

DEPARTAMENTO FISCAL