El pasado 28 de mayo de 2021 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 11/2021 con las novedades sobre la aplicación de los ERTE, las medidas extraordinarias de protección de las personas trabajadoras y las medidas de apoyo a los trabajadores autónomos que pasamos a resumirle:

1.- Prórroga de los ERTE por fuerza mayor, limitación e impedimento.

A partir del 1 de junio y hasta el 30 de septiembre de 2021 se prorrogan automáticamente los ERTE vigentes basados en el art. 22 del RDL 8/2020, de 17 de marzo.

Así mismo, se prorrogan hasta el 30 de septiembre los ERTE por impedimento vigentes a los cuales se les continuarán aplicando las mismas las bonificaciones.

Los ERTE por limitación también se prorrogan automáticamente hasta el 30 de septiembre a los cuales se les aplicarán las siguientes bonificaciones respecto de las personas trabajadoras que tengan sus actividades suspendidas:

  • Empresas de < 50 trabajadores: 85%, 85%, 75% y 75% para los meses de junio, julio, agosto y septiembre respectivamente.
  • Empresas de > 50 trabajadores: 75%, 75%, 65% y 65% para los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

2.- ERTE por impedimento o limitación de actividad.

Se mantiene el procedimiento y requisitos para este tipo de ERTE si bien no será necesario tramitar un nuevo ERTE cuando se pase de impedimento a limitación.

3.- Prórroga de los contenidos complementarios del RDL 30/2020 en relación con los ERTE.

Se prorrogan hasta el 30 de septiembre las especialidades de tramitación de los ERTE ETOP, la cláusula de salvaguarda del empleo, los límites y excepciones en la realización de horas extra y nuevas contrataciones, así como la “prohibición de despedir” y la suspensión de los contratos temporales.

4.- Prórroga de las medidas de protección de las personas trabajadoras afectadas por ERTE.

Se mantienen los mismos requisitos establecidos en el RDL 30/2020.

5.- Medidas de apoyo a los trabajadores autónomos.

Se establecen diferentes prestaciones para trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender sus actividades o que sufran una pérdida de ingresos.

6.- Las empresas afectadas por ERTE incluidas en los siguientes CNAE 09 quedarán exoneradas en las cuotas de SS en los porcentajes que más adelante se indican:

710. Extracción de minerales de hierro.
1419. Confección de otras prendas de vestir y accesorios.
1812. Otras actividades de impresión y artes gráficas.
1820. Reproducción de soportes grabados.
2051. Fabricación de explosivos.
2441. Producción de metales preciosos.
3212. Fabricación de artículos de joyería y artículos similares.
3213. Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.
3316. Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial.
4624. Comercio al por mayor de cueros y pieles.
4634. Comercio al por mayor de bebidas.
4637. Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias.
4932. Transporte por taxi.
4939. Otros tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
5010. Transporte marítimo de pasajeros.
5030. Transporte de pasajeros por vías navegables interiores.
5110. Transporte aéreo de pasajeros.
5223. Actividades anexas al transporte aéreo.
5510. Hoteles y alojamientos similares.
5520. Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
5530. Campings y aparcamientos para caravanas.
5590. Otros alojamientos.
5610. Restaurantes y puestos de comidas.
5630. Establecimientos de bebidas.
5813. Edición de periódicos.
5914. Actividades de exhibición cinematográfica.
7420. Actividades de fotografía.
7711. Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.
7722. Alquiler de cintas de vídeo y discos.
7729. Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico.
7735. Alquiler de medios de transporte aéreo.
7911. Actividades de las agencias de viajes.
7912. Actividades de los operadores turísticos.
7990. Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
8219. Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades
especializadas de oficina.
8230. Organización de convenciones y ferias de muestras.
9001. Artes escénicas.
9002. Actividades auxiliares a las artes escénicas.
9004. Gestión de salas de espectáculos.
9104. Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.
9200. Actividades de juegos de azar y apuestas.
9321. Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
9329. Otras actividades recreativas y de entretenimiento.
9601. Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel.
9604. Actividades de mantenimiento físico.

Bonificaciones aplicables a estos ERTE:

Trabajadores que hayan reiniciado su actividad a partir del 01/06/2021 o que la hayan reiniciado a partir de la entrada en vigor del RDL 18/2020, de 12 de mayo:

  • Empresas de < 50 trabajadores: 95% (junio, julio, agosto y septiembre)
  • Empresas de > 50 trabajadores: 85% (junio, julio, agosto y septiembre)

Trabajadores que tengan sus actividades suspendidas entre el 01/06/2021 y el 30/09/2021:

  • Empresas de < 50 trabajadores: 85% en junio, julio y agosto y el 70% en septiembre.
  • Empresas de > 50 trabajadores: 75% en junio, julio y agosto y el 60% en septiembre.

Entrada en vigor

El presente RDL ha entrado en vigor el 28 de mayo de 2021.

Departamento Laboral
ETL- GESTIDELTA 2001, S.L