DECLARACIÓN DE BIENES EN EL EXTRANJERO. VUELVE EL MODELO 720
Como ya quedó establecido el año pasado, todas las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General tributaria (herencias yacentes, comunidades de bienes y sociedades civiles, entre otras) están [...]