Ya tienen a su disposición en nuestra página web www.gestideltaasesores.com los impresos a cumplimentar para proceder a la declaración trimestral de los impuestos que detallamos a continuación, y cuyo plazo de presentación va desde el día 1 al 22 de Enero de 2024, para los impuestos relativos a retenciones (modelos 111, 115 y 123, entre otros) y desde el día 1 al 30 de Enero de 2024, para el Impuesto sobre el Valor Añadido (modelo 303), para la Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349) y para los Pagos a cuenta del IRPF (modelos 130 y 131). En el caso de domiciliar los pagos de los impuestos, los plazos de presentación expiran el próximo día 17 de Enero, para los que tienen hasta el día 22 de Enero para presentarlos, y el próximo día 25 de Enero, para los que tienen hasta el día 30 de Enero para su presentación:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (modelo 303). Ver impreso.
- Pago a cuenta del IRPF. Estimación directa (simplificada y normal). (Modelo 130). Ver impreso.
- Pago retención a cuenta arrendamiento inmuebles urbanos (Modelo 115). Ver impreso.
- Pago retención a cuenta capital mobiliario (Modelo 123). Ver impreso.
Asimismo, y desde el día 1 al 30 de enero de 2024, se deberán presentar el Impuesto sobre el Valor Añadido (Modelo 303) y el Pago a cuenta del IRPF (modelos 130 y 131), para los empresarios acogidos a la Estimación Directa y a la Objetiva (módulos).
Todos los resúmenes anuales del año 2023 deberán presentarse hasta el día 31 de Enero de 2024 (modelos 180, 190, 193, 194, 196), excepto el del resumen anual del IVA (modelo 390), cuyo último día de presentación será el 30 de enero de 2024. Asimismo, la declaración anual de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas (modelo 182), deberá presentarse hasta el día 31 de Enero de 2024.
Como cada año, les recordamos la necesidad de ir consultando periódicamente (como máximo cada diez días) las notificaciones que puedan recibirse a través de la Dirección Electrónica Habilitada. Es de vital importancia para poder atender dichas notificaciones en los plazos fijados por la Agencia Tributaria.
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