Ya tienen a su disposición en nuestra página web www.gestideltaasesores.com dos artículos relativos a la declaración de Renta y Patrimonio correspondientes al ejercicio de 2020.
Para este año 2020, se han producido muy pocas novedades respecto al ejercicio de 2019, y se mantiene la obligación de declarar el Impuesto sobre el Patrimonio para los contribuyentes con cuota a ingresar y también para aquellos sin cuota a ingresar, pero que cuenten con bienes y derechos con un valor superior a los 2 millones de euros. Todos los contribuyentes a los que corresponda declarar Renta y/o Patrimonio deberán hacerlo exclusivamente por internet entre el 7 de abril y el 30 de junio de 2021, ambos inclusive (25 de junio para los pagos con domiciliación).
En relación a las novedades en el modelo de este año 2020 para la declaración de renta, les manifestamos que, son muy pocas, manteniéndose las novedades más significativas incorporadas en el ejercicio 2019, entre las que destacan:
- Se mantiene la obligación de ratificar o modificar el domicilio fiscal.
- Se exige mayor precisión para el cálculo de las amortizaciones de inmuebles arrendados, incluyendo los datos fiscales de este año información que puede facilitar este cálculo.
- Se mantiene la posibilidad de dar, voluntariamente, un detalle minucioso de los gastos soportados en los rendimientos de inmuebles arrendados.
- Se exige un mayor desglose en los gastos de actividades económicas.
Por otra parte, se mantiene la deducción transitoria por adquisición vivienda habitual, para todas aquellas viviendas habituales adquiridas antes del 1 de enero de 2013, y que ya venían disfrutando de desgravación. Asimismo, también hay que seguir declarando los premios por lotería, ONCE, etc…..
A título informativo, en el documento adjunto “DECLARACIÓN RENTA/PATRIMONIO 2020” reseñamos algunos aspectos significativos a tener en cuenta para la cumplimentación y presentación de las declaraciones, tales como las personas obligadas a declarar, cómo solicitar el borrador o los datos fiscales, plazo y lugar de la presentación de las declaraciones, así como la forma de pago y los plazos para domiciliar las mismas o para efectuar el pago aplazado. Leer más
Asimismo, les detallamos la documentación mínima necesaria, en el documento adjunto “DOCUMENTACIÓN NECESARIA RENTA/PATRIMONIO 2020” que entendemos deberán aportar para que su asesoría fiscal pueda efectuarles sus declaraciones por la Renta y Patrimonio del ejercicio 2019. Leer más
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