Saltar al contenido
DOCUMENTACIÓN NECESARIA RENTA/PATRIMONIO 2015
- Si es la primera vez que realizan la declaración a través de nuestra Asesoría, copia de las declaraciones del ejercicio anterior. Fotocopia del NIF de los nuevos miembros de la declaración que no figurasen en declaraciones anteriores, siendo éste obligatorio a partir de los 14 años de edad.
- Datos fiscales y borrador remitidos por la Agencia Tributaria, que recibirán en su domicilio particular, ya que los hemos solicitado por su cuenta a la misma. En caso de no recibirlo, en la documentación adjunta se indica cómo obtener los datos fiscales por Internet.
- Certificado de prestaciones y retenciones sobre rendimientos del trabajo y de prestaciones y retenciones por pensiones y por desempleo, si se encontró en esa situación en 2015.
- Para los titulares de la declaración, es obligatorio consignar la referencia catastral de la que constituye su vivienda habitual, tanto si es de propiedad, como en los casos de usufructo y arrendamiento. Por ello, deberán aportar el IBI de su vivienda habitual y, en caso de no tenerlo (fundamentalmente en casos de arrendamiento), puede obtenerse a través de Internet, dirección “http://www.sedecatastro.gob.es”, o llamando al nº de tel. 902373635.
- En caso de estar en situación de invalidez, y para poder aplicar los incentivos fiscales propios de la invalidez, se deberá obtener el certificado del IMSERSO.
- En caso de ser propietario de inmuebles, el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del año 2015.En este ejercicio es muy importante dicho recibo para poder ver el año de la última revisión catastral. Caso de no tenerlo, por ser la compra reciente, copia de las escrituras o documentos acreditativos de la adquisición.
- Para los que hayan efectuado compraventa de inmuebles en el ejercicio, copia de las escrituras de compra y de venta de los mismos, así como de los gastos inherentes a las mismas y recibo de pago de plusvalía municipal, si se pagó la misma.
- Para los que tengan inmuebles arrendados, recibos de los alquileres cobrados y de las facturas de gastos soportadas, así como recibo del IBI de 2015. Asimismo, y si el arrendatario estaba obligado a practicar retenciones sobre los alquileres, certificado de dichas retenciones.
- Certificados bancarios expedidos por las entidades financieras, así como estados de posición y de operaciones realizadas en fondos de inversión, y otros productos de ahorro.
- Resguardos y comprobantes de los pagos destinados a vivienda y detalle de las aportaciones a las cuentas utilizadas como ahorro- vivienda realizadas con anterioridad a 1 de enero de 2013, si en 2015 han transcurrido 4 años desde la apertura de la cuenta.
- Certificados de las aportaciones a Planes de Pensiones y a Planes de Previsión Asegurados, y de los movimientos y compra-ventas de acciones y participaciones sociales.
- Recibos de las aportaciones a entidades benéficas.
- Libros contables, registros y declaraciones fiscales, en el caso de empresarios y profesionales en estimación directa y para los empresarios acogidos a la estimación objetiva (módulos), datos y comprobantes necesarios para calcular el rendimiento neto. En ambos casos, sólo para aquéllos que no están adscritos a nuestra Asesoría Fiscal.
- En profesionales, certificado de retenciones soportadas.
Share This Story, Choose Your Platform!
Page load link
Deja tu comentario