Por medio del Real-Decreto-Ley 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE con fecha 3 de diciembre de 2025, se retrasa un año la entrada en vigor de la obligación de disponer de sistemas informáticos de facturación adaptados a la nueva normativa (VeriFactu).

Los nuevos plazos para la entrada en vigor del VeriFactu, son:

  • Para el 1 de enero de 2027: Contribuyentes del IS.
  • Para el 1 de julio de 2027:
    • Contribuyentes IRPF con actividad económica.
    • Contribuyentes IRNR con establecimiento permanente.
    • Entidades en régimen de atribución de rentas con actividades económicas.

A modo de comentario, si bien es cierto que muchas empresas, pymes y autónomos han recibido esta prórroga con alivio, el aplazamiento a solo un mes de la entrada en vigor transmite un mensaje negativo, tanto para la sociedad como para el empresariado, ya que una reforma anunciada desde hace años no debería verse retrasada en el último momento, evidenciando una falta de planificación por parte de la Administración, y menospreciando los esfuerzos realizados por empresas que ya habían realizado inversiones significativas, adaptado sus sistemas de facturación, contratado soluciones tecnológicas y participado en cursos de formación con el objetivo de cumplir con la nueva normativa. No obstante, y en principio, parece que se trata de un ajuste temporal, por lo que los esfuerzos realizados por las empresas en la adaptación a la nueva reglamentación no habrá sido en vano, y ya supondrá un avance en el futuro cumplimiento de la nueva normativa.

Por otra parte, y aunque no esperamos que se vuelva a dar marcha atrás en cuanto a los plazos de entrada en vigor del VeriFactu, debemos tener en cuenta que este cambio normativo, al haberse introducido mediante un Real Decreto Ley, debe ser sometido a votación y ser convalidado o derogado por el Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días.

En cualquier caso, os mantendremos informados de cualquier novedad que se produzca sobre este tema.

DEPARTAMENTO FISCAL