DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS  (MODELO 347)

Como en años anteriores, y hasta el día 2 de marzo, se deberá presentar la declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347), relativa al ejercicio 2014, la cual tiene suma importancia de cara a futuras comprobaciones de datos por parte de la Agencia Tributaria.

Como el ejercicio anterior, la declaración deberá presentarse por vía telemática, sin que exista la posibilidad de presentarla en papel pre-impreso,  manteniéndose la obligación  de facilitar la información sobre las operaciones realizadas de forma desglosada  y por trimestres, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios. En documento adjunto encontrarán las características generales e instrucciones para poder cumplimentar el modelo 347, así como la forma de presentarlo vía internet o de transmitirnos la información o ficheros informáticos para poder efectuar nosotros la presentación. Ver impreso: circular modelo 347 ejercicio 2014.

Como cada año, les adjuntamos impreso de “relación de declarados modelo 347 ejercicio 2014”, que servirá tanto para “compras” como para “ventas” indicando la clave de operación correspondiente (“A” para compras y “B” para ventas), significando especialmente que hay que consignar el importe anual para cada declarado y el desglose del mismo en cada trimestre,  para que se sirvan cumplimentarlos y remitírnoslos para proceder a su presentación, rogándoles nos los remitan, a ser posible, antes del 18 de febrero,  para poder efectuar las comprobaciones pertinentes antes de su presentación. Ver impresos: relación de declarados modelo 347 ejercicio 2014 y relacion de codigos provincias.

DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS  (MODELO 184)

Como en años anteriores, y hasta el día 2 de marzo , las Entidades en régimen de atribución de rentas (Sociedades Civiles Privadas y Comunidades de Bienes, entre otras), están obligadas a presentar la información relativa a las rentas obtenidas, los gastos inherentes a la obtención de dichas rentas, y las retenciones soportadas de las mismas, indicando la renta atribuible a cada uno de los socios, herederos, comuneros o partícipes de la Entidad (modelo 184), correspondientes al ejercicio 2014.

Como el ejercicio anterior, la declaración deberá presentarse por vía telemática, sin que exista la posibilidad de presentarla en papel pre-impreso. Asimismo, tengan presente que esta declaración también afecta a los arrendadores de locales de negocio que sean Comunidades de Bienes.

En documento adjunto les remitimos impreso para que se sirvan cumplimentarlo y remitírnoslo para proceder a la presentación del modelo 184. Ver impreso: Circular modelo 184 ejercicio 2014