Saltar al contenido
Documentación Necesaria Renta / Patrimonio 2025<
- Si es la primera vez que realizan la declaración a través de nuestra Asesoría, copia de las declaraciones del ejercicio anterior. Fotocopia del NIF de los nuevos miembros de la declaración que no figurasen en declaraciones anteriores (obligatorio a partir de los 14 años de edad).
- Si hicieron la declaración con nosotros en el ejercicio anterior, nosotros solicitaremos sus datos fiscales remitidos por la Agencia Tributaria. Si no es así, podrán obtenerlos a través del servicio Renta Web, tras la aportación de los datos solicitados.
- En el caso de familias numerosas, carnet o certificado que acredite la condición de familia numerosa y su composición. Para madres con hijos menores de tres años que hayan pagado gastos por guardería en 2025, certificado de pagos efectuado por el centro por ese concepto.
- Certificado de prestaciones y retenciones sobre rendimientos del trabajo, y de prestaciones y retenciones por pensiones y por desempleo, si se encontró en esa situación en 2025.
- Es obligatorio consignar la referencia catastral de la vivienda habitual (propiedad, usufructo o arrendamiento). Deberán aportar el recibo del IBI de su vivienda habitual; si no disponen de él (fundamentalmente en casos de arrendamiento), puede obtenerse en www.sedecatastro.gob.es.
- En caso de estar en situación de invalidez, para poder aplicar los incentivos fiscales propios de la misma, se deberá obtener el certificado del IMSERSO.
- Si es propietario de inmuebles, recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del año 2025. Si no dispone de él por ser la compra reciente, copia de las escrituras o documentos acreditativos de la adquisición.
- Para quienes hayan efectuado compraventa de inmuebles en el ejercicio, copia de las escrituras de compra y de venta, los gastos inherentes a las mismas y el recibo de pago de plusvalía municipal, si se abonó.
- Para quienes tengan inmuebles arrendados, recibos de los alquileres cobrados y de los gastos soportados con un detalle minucioso. Si el arrendatario estaba obligado a practicar retenciones, certificado de dichas retenciones. Además, copia del NIF/s de los arrendatarios y copia del contrato de arrendamiento.
- Certificados bancarios expedidos por las entidades financieras, así como estados de posición y de operaciones realizadas en fondos de inversión y otros productos de ahorro.
- Resguardos y comprobantes de los pagos destinados a la adquisición de vivienda, si se practica la deducción transitoria por la adquisición de la misma.
- Certificados de las aportaciones a Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados, y de los movimientos y compraventas de acciones y participaciones sociales.
- Recibos o certificados de las aportaciones a entidades benéficas.
- Detalle de las ventas y permutas de criptomonedas y NFT (token no fungible), que generan una ganancia o pérdida patrimonial a integrar en la base imponible del ahorro.
- Libros contables, registros y declaraciones fiscales para empresarios y profesionales en estimación directa; y para los acogidos a la estimación objetiva (módulos), datos y comprobantes necesarios para calcular el rendimiento neto. En ambos casos, únicamente para aquéllos que no están adscritos a nuestra Asesoría Fiscal.
- Para profesionales, certificado de retenciones soportadas.
Share This Story, Choose Your Platform!
Page load link
Deja tu comentario