El pasado 22 de marzo de 2016 se publicó en el BOE la orden que aprueba los modelos del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio para 2015. En la misma se regulan la forma y plazos de presentación, que para los contribuyentes que declaren por vía electrónica serán los siguientes:

  • Borrador del IRPF: Se podrá solicitar y confirmarlo entre el 6 de abril y el 30 de junio de 2016.
  • Declaración del IRPF: Si se opta por presentar la declaración del IRPF por vía electrónica, con el programa Padre o a través del programa web “RENTA WEB”, para los contribuyentes que puedan utilizar este sistema, el plazo se inicia el 6 de abril y finaliza el 30 de junio. En caso de declaraciones que resulten a ingresar y se domicilie el pago, el plazo finalizará el 25 de junio de 2016. La campaña presencial, con asistencia en oficinas, empezará el próximo 10 de mayo, y se podrá solicitar cita previa a partir  del 4 de mayo y hasta el 29 de junio de 2016.
  • Declaración de Patrimonio: Los mismos plazos que los de la declaración del IRPF.

RECORDATORIO

Asimismo, insistimos en recordarles que no olviden de consultar periódicamente (a ser posible, semanalmente) su buzón electrónico  de la Dirección Electrónica Habilitada por si tienen notificaciones depositadas por la Agencia Tributaria, con el objeto de poder atender dichas notificaciones en los plazos establecidos al efecto.

Asimismo, es de vital importancia revisar la validez del Certificado, a efectos de corroborar que está vigente y de renovarlo antes de su caducidad temporal. Se adjunta link para consulta:

https://www.sede.fnmt.gob.es/preguntas-frecuentes/acerca-de-los-certificados/-/asset_publisher/SA6CBDyHs9ZB/content/1050-%C2%BFcomo-puedo-comprobar-la-fecha-de-caducidad-de-mi-certificado-en-internet-explorer-;jsessionid=CA510CC1DF9844B450A4B97778CE871F.nodo1